jueves, 10 de octubre de 2013

MOCION DE TRASPARENCIA



MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL UPN AL PLENO CORPORATIVO DEL DÍA 16-OCTUBRE-2013 DEL AYUNTAMIENTO DE VIANA


Lucía García Abadía portavoz del grupo municipal UPN en el Ayuntamiento de Viana, al amparo de lo dispuesto en el art. 97/3 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, presenta ante este Pleno la siguiente:

MOCIÓN:

Con el objetivo de transmitir una máxima transparencia hacia los ciudadanos y en el ejercicio de la administración de recursos económicos de este Ayuntamiento.

Por todo ello solicita al pleno lo siguiente:

- Que se comunique a este pleno mensualmente, coincidiendo con su celebración y aportando documentación previa pertinente y que se exponga al público en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, el cobro individual de los corporativos, indicando a qué comisiones, plenos y reuniones acuden, así como los descuentos pertinentes para su valoración.



Viana, 10 de octubre de 2013.

Lucía García Abadía- PORTAVOZ MUNICIPAL UPN-VIANA

MOCIONES DE PARTICIPACION CIUDADANA



MOCION DE PARTICIPACION CIUDADANA


Lucía García Abadía portavoz del grupo municipal UPN en el Ayuntamiento de Viana, al amparo de lo dispuesto en el art. 97/3 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, presenta ante este Pleno la siguiente:

MOCIÓN:
Con los objetivos de:
- Facilitar la participación de los vecinos/as en los plenos municipales, respetando las facultades de decisión que corresponden a los órganos representativos
regulados por las leyes.
- Hacer efectivos los derechos de los vecinos/as, garantizar la igualdad de oportunidades de todos los ciudadanos/as, así como la defensa de la convivencia, el diálogo y la interculturalidad.
- Promover la convivencia y el civismo a través del conocimiento de la gestión
municipal y la corresponsabilidad en los asuntos públicos y facilitar la más amplia información sobre cualquier tema de interés social.

Por todo ello solicita al pleno lo siguiente:

- La aprobación del Reglamento de Participación Ciudadana.

Viana, 10 de octubre de 2013.

Lucía García Abadía- PORTAVOZ MUNICIPAL UPN-VIANA





AL PLENO CORPORATIVO DEL DÍA  16-OCTUBRE-2013




REGLAMENTO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA

Los ciudadanos podrán proponer al Pleno cualquier asunto relacionado con las competencias locales o de interés municipal, excepto aquellos relativos a la hacienda local; siempre que; previamente, hayan ejercitado el derecho de petición y transcurrido el plazo establecido para resolver y comunicar la decisión pertinente.

ARTÍCULO 1.- SOLICITANTES.-

Podrán solicitar la incorporación de una proposición en el orden del día del Pleno:

- Las entidades y asociaciones inscritas como tal en el Registro de Asociaciones de este Ayuntamiento.

- Cualquier ciudadano/a que cuente con un mínimo de doscientas firmas acreditadas ante la Secretaría de la Corporación o personal en quien delegue.

En este supuesto deberá acreditarse mediante certificación municipal de estar
inscritos en el Padrón Municipal de habitantes. Deberán figurar el nº de DNI, la
firma, dirección y nº de teléfono, si lo tienen.


ARTÍCULO 2.- PROCEDIMIENTO.-

1. La propuesta se presentará por escrito y contendrá los motivos que llevan a
formularla.

2. La propuesta se incorporará en el orden del día del Pleno más cercano en el
tiempo, tramitándose de acuerdo a lo previsto en el Reglamento Orgánico Municipal

3. En el escrito de presentación figurará el nombre de la persona que la defenderá ante el Pleno, en un tiempo máximo de diez minutos. Una vez finalizada su exposición, los portavoces de los grupos políticos municipales podrán solicitar aclaraciones a la persona defensora de la propuesta, que la matizará en un tiempo de tres a cinco minutos, transcurridos los cuales se pasará al debate por parte de los Grupos Municipales y finalmente, a la votación.

4. El Ayuntamiento Pleno deberá adoptar uno de los siguientes acuerdos:
a) Aceptar la propuesta, parcial o íntegramente.
b) Rechazar la propuesta.
Cuando una propuesta sea rechazada no se podrá presentar otro sobre el mismo tema en el período de un año, a contar desde su presentación.



PARTICIPACIÓN EN EL PLENO MUNICIPAL.

1. Cuando alguna de las asociaciones a las que se refiere el presente Reglamento desee efectuar una exposición ante el Pleno, en relación con algún punto del orden del día que les afecte, deberá solicitarlo al Alcalde con al menos veinticuatro horas de antelación al comienzo de la sesión. En el escrito deberá aparecer el nombre de la persona que realizará la intervención y el o los puntos sobre los que intervendrá. Podrá exponer su parecer durante un tiempo de entre cinco y diez minutos, con anterioridad a la lectura, debate y votación de la propuesta incluida en el orden del día.

2. Antes de finalizar la sesión plenaria, el Alcalde Presidente podrá dar la palabra a los asistentes vecinos de Viana, mayores de edad, que lo deseen para tratar algún punto del orden del día.

ARTÍCULO 3.- RUEGOS Y PREGUNTAS.-

1. Sin perjuicio en lo establecido en el artículo anterior, una vez finalizada la sesión ordinaria del Pleno, se abrirá un turno de ruegos y preguntas para el público asistente para temas concretos de interés municipal, que se detallan en el apartado segundo.

A estos efectos, todos los ciudadanos/as, ya sea individual o colectivamente, podrán dirigirse al Pleno de la Corporación en la forma establecida a continuación, a fin de que esta recoja sus ruegos y preguntas siempre que se refieran a los temas siguientes:

- A la gestión de la Corporación.
- A los servicios públicos del Ayuntamiento.
- A los temas sociales que afecten a nuestra Comunidad, y siempre que se encuentren dentro de las competencias que la legislación sobre régimen local establezca como propias del Ayuntamiento.

2. A fin de que las preguntas tengan puntual respuesta, éstas se dirigirán al Alcalde por escrito, que será presentado en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento con diez días de antelación a la convocatoria de celebración de los Plenos Ordinarios.

3. En los escritos, ya sean individuales o colectivos, habrán de figurar los datos del primer firmante referidos a nombre y apellidos, domicilio, documento nacional de identidad y teléfono, si lo tuviere. Si se tratara de una Asociación, actuará por medio de representante que se identificará en la forma expresada.

4. El Alcalde, a la vista de los escritos que se reciban, elaborará el Anexo del Orden del Día de la Participación ciudadana, atendiendo a la previsible duración de la sesión y asimismo dará traslado de estos escritos a los Concejales Delegados de servicios y/o Presidentes de las Comisiones Informativas y de Seguimiento que correspondan a efectos de que elaboren su respuesta.



5. Cuando varios escritos se refieran a un mismo tema podrán unificarse citando los nombres de los firmantes de los distintos escritos y el firmante del escrito que hubiera tenido entrada en primer lugar podrá defender el mismo ante el Pleno.

6. Para que los escritos puedan ser incluidos en el Anexo del Orden del Día de la Participación Ciudadana después de los Plenos, es condición imprescindible que en su redacción se respeten a las instituciones y a las personas. Los firmantes se hacen responsables de sus escritos y subsidiariamente a quienes representen.

7. Para intervenir en el Pleno es necesario que el escrito haya sido incluido en el Anexo de Orden del Día de Participación Ciudadana. En su intervención ante el Pleno, el firmante del escrito, previa la concesión de la palabra por el Presidente, habrá de referirse a lo recogido en su escrito, no pudiendo superar la exposición de cada pregunta el tiempo de dos minutos. La respuesta se dará por el Sr. Alcalde o Concejal Delegado. No se admitirá turno de réplica.

8. Las actuaciones que tengan lugar en este apartado de Participación Ciudadana después de los Plenos, se harán constar en un acta elaborada al efecto. Los ciudadanos que tengan presentado escrito y hayan intervenido en relación con el mismo podrán solicitar el extracto del acta, en lo que haga referencia a su intervención.

9. En caso de denegarse la inclusión de algún escrito en el Anexo del Orden del Día, el Alcalde deberá comunicar al interesado, de forma motivada, la no inclusión del mismo.
10. No podrá haber acuerdo ni votación sobre la pregunta formulada.










AL PLENO CORPORATIVO DEL DÍA  16-OCTUBRE-201